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Higiénico - Sanitario

NUESTRAS
FUNCIONES

En el Departamento de Higiene Alimentaria nos encargamos de:

  • Informar y Asesorar sobre la normativa en materia de Seguridad Alimentaria (antiguo manipulador de alimentos) (CE) 852/2004 y RD109/2010)

  • Informar y Asesorar sobre la normativa en materia de Alérgenos y Valores Nutricionales según el (Rgto 1169/2011, que entró en vigor el 13 de Diciembre 2014.)

  • Informar y Asesorar sobre el Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (A.P.P.C.C.)

  • Impartir seminarios teórico-prácticos sobre el sistema Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico ( A.P.P.C.C)

  • Realizar distintas publicaciones sobre aspectos relacionados con la higiene alimentaria (Anisakis y su prevención, Guía de aplicación de restauración colectiva, Guía de manipulación de restauración colectiva, Higiene de alimentos de origen animal, Higiene de productos alimenticios (reglamento 852/2004), Normas de higiene para comidas preparadas, intoxicaciones alimentarias en verano)

Ayudamos, gestionamos y asesoramos sobre las inspecciones de Sanidad que se realiza a los establecimientos por las autoridades correspondientes.

CONTACTO CON ESTE DEPARTAMENTO

91 479 77 11

amerc@amerc.es

Si lo desea también puede venir a la sede de AMER pidiendo cita previa para una mejor atención.

ALÉRGENOS Y 
VALORES NUTRICIONALES

LEGISLACIÓN ALIMENTARIA

  • Hasta el año 2000 estábamos prácticamente sin legislación alimentaria.

  • RD 202/2000

  • Reglamento nº 178/2002/CE,  28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaría, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaría y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaría.

  • Reglamento nº 854/2004/CE,  29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

  • RD109/2010 DEROGA EL RD 202/2000

  • RGTO 1169/2011

EL NUEVO REGLAMENTO 1169/2011

  • Publicado el pasado 22 de Noviembre del 2011, del Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de Octubre de 2011 sobre la información alimentaría facilitada al consumidor.

  • Se aplica a todos los alimentos destinados al consumidor final, incluidos los entregados a colectividades y los destinados al cliente individual.

 

ENLACES

Información sobre Alérgenos en alimentos sin envasar

SEGURIDAD
ALIMENTARIA

El antiguo “carnet de manipulador” es un documento que ha dejado de existir aunque muchas empresas lo siguen solicitando con ese nombre y, lo que es peor, se sigue emitiendo por algunos centros de formación que ni tan siquiera han actualizado los contenidos de sus cursos, trabajando con lo dispuesto en el RD 202/2000, derogado en febrero de 2010.

En muchas ocasiones, nos encontramos también con que los cursos no están impartidos o tutorizados por técnicos profesionales, las horas del curso no son suficientes para que el alumno comprenda la materia y/o los contenidos del curso están desactualizados por lo que al final se convierte en un mero trámite que no consigue el objetivo principal: reducir el número de intoxicaciones e infecciones alimentarias.

Desde AMER, recomendamos formarse de acuerdo a las exigencias actuales y confiar en profesionales que tengan una amplia experiencia en la impartición de este tipo de formación.

Al empresario y al trabajador, en un principio, puede atraerles la idea de conseguir el certificado lo más rápidamente posible, en el menor tiempo y empleando el mínimo esfuerzo; lo importante es “cumplir la ley por si viene una inspección”. Pero a la larga, esto tiene sus consecuencias ya que un trabajador no formado adecuadamente ni sensibilizado con la importancia de las buenas practicas de manipulación de alimentos para prevenir enfermedades de transmisión alimentaria, es un peligro potencial que no podemos controlar. Y a veces, estos errores, causan problemas serios de salud, sanciones e incluso el cierre del local.

Las inspecciones realizadas en la empresa, tanto por técnicos contratados como por la Administración, sólo muestran lo que ocurre en un lugar y en un momento determinado pero no evitan los peligros potenciales diarios por lo que debemos trabajar de una forma totalmente preventiva.

AMER, como asociación de referencia en la formación de Seguridad Alimentaria, desde hace más de 12 años, y con más de 34.000 alumnos formados, ha adaptado sus planes de formación a la normativa vigente. Ha considerado la formación alimentaria como una herramienta imprescindible para el empresario y para el manipulador de alimentos por lo que imparte cursos de Seguridad e Higiene Alimentaria, en diferentes modalidades, para asociados y no asociados.

IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA
DE AUTOCONTROL GPCH/APPCC

El Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC) es un sistema reconocido internacionalmente que permite realizar una gestión de la seguridad de los alimentos desde el punto de vista preventivo asegurando la idoneidad de los productos comercializados por las distintas empresas.

La U.E. estableció en el año 1993 la obligatoriedad de estos sistemas en las empresas alimentarias a través de la Directiva 93/43/CEE. En este sentido, el Comité del Codex Alimentarius y la Organización Mundial de la Salud vienen recomendando a las empresas del sector alimentario la aplicación de sistemas de autocontrol.

Para el sector de la restauración colectiva el Real Decreto 3484/2000, sobre normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas, señala que “los responsables de las empresas desarrollarán y aplicarán sistemas permanentes de autocontrol que tendrán en cuenta la naturaleza del alimento, los pasos y procesos posteriores a los que se va a someter”, así como que “los procedimientos de autocontrol se desarrollarán y aplicarán siguiendo los principios en que se basa el sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico”.

Actualmente, el Reglamento 852/2004 establece la aplicación de procedimientos basados en los principios de análisis de peligros y puntos de control crítico junto con la aplicación de prácticas higiénicas correctas.

En determinadas ocasiones, la Administración no exige el desarrollo de un APPCC completo y ve suficiente la implantación de una Guía de Prácticas Correctas de Higiene. 

Las Guías de buenas prácticas (GBP) o Guías de prácticas correctas de higiene (GPCH) son documentos de aplicación voluntaria que, sin ser un plan APPCC, se sustentan en los principios del mismo e indican los procedimientos que deben seguir los establecimientos de restauración para asegurar el control de los procesos que en ellos se realizan.


               Estas guías son un medio sencillo, pero eficaz, de superar las dificultades que algunas empresas alimentarias pueden encontrar a la hora de aplicar un procedimiento de APPCC detallado.

ENLACES DE INTERÉS

Revistas:

 HR, Barra de ideas

Empleo:

Hosteleo, Linkers

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